¿Cómo se determina la cuantía de la prestación por incapacidad temporal durante la lactancia natural en caso de contingencias profesionales? ¿Se toma como referencia la base reguladora establecida para la prestación por IT derivada de contingencias comunes? Además, ¿se deducen los importes por cotizaciones a la Seguridad Social y las retenciones correspondientes por IRPF al efectuarse el pago?
Prestación por incapacidad temporal durante lactancia natural
Fecha última actualización: 08 de marzo 2023
Respuesta a la consulta
La cuantía es el 100% de la base reguladora, que será equivalente a la establecida para la prestación de IT derivada de contingencias profesionales o, en su caso, equivalente a la establecida para la prestación por IT derivada de contingencias comunes, cuando el régimen de que se trate no contemple la cobertura de las contingencias profesionales, tomando como referencia la fecha en que se inicie la suspensión del contrato de trabajo o del cese de actividad.
Al efectuarse el pago, se deducirán los importes por cotizaciones a la Seguridad Social (trabajadoras por cuenta ajena) y, en su caso, las retenciones que procedan por IRPF.
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