¿Qué entidad es responsable de pagar la IT en caso de contingencias comunes si la empresa no ha optado por que la mutua asuma el pago de la prestación? Por ejemplo, si un trabajador se lesiona en su tiempo libre y necesita una baja médica. ¿Sería el INSS o ISM quien asumiría el pago de la prestación? Además, ¿cómo se determina qué entidad es responsable de pagar la IT en caso de contingencias profesionales?
Responsabilidad de pago de IT en contingencias comunes y profesionales.
Fecha última actualización: 08 de marzo 2023
Respuesta a la consulta
Cuando la IT deriva de contingencias comunes, el pago corresponde a la entidad gestora (INSS o ISM) o la mutua si la empresa ha optado porque estas asuman el pago de la prestación.
- En el caso de IT derivada de contingencias profesionales, el pago corresponde a la entidad gestora (INSS o ISM) o la mutua con la que la empresa tenga cubiertas las contingencias profesionales o a la empresa que colabore voluntariamente en la gestión de IT derivada de contingencias profesionales.
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