Artículo 61 del Reglamento General Recaudación Seguridad Social

Fecha última actualización: 28 de marzo 2023

En esta publicación te indicamos el Artículo 61 del Reglamento General Recaudación Seguridad Social completo.

Artículo 61. Efectos de la falta de cotización.

La falta de cotización en plazo reglamentario determinará el devengo de los correspondientes recargos e intereses y, en los casos en que legalmente proceda, la emisión de reclamación de deuda, acta de liquidación o providencia de apremio, sin perjuicio de las sanciones que procedan.

¿Tienes más dudas sobre el Artículo 61 del Reglamento General Recaudación Seguridad Social?

[enlazatom_show_links]
Únete a nuestra comunidad y recibe contenido exclusivo en tu correo.