Artículo 291 de la Ley General Seguridad Social

Artículo 291. Trabajadores del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 19 de esta ley; a las bases de cotización para desempleo en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar les será también de aplicación lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 47/2015; de 21 de octubre; reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero.

Normativa: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

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Miguel Escobar Navarro
Asesor Laboral en Aprende RED - Ayudo a gestores y asesores laborales al uso del Sistema RED y otras gestiones laborales