Valor actuarial de la pensiones y demás prestaciones económicas de carácter periódico de la Seguridad Social derivadas tanto de contingencias comunes como de accidente de trabajo y enfermedad profesionales, calculado según las bases técnicas aprobadas por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Su importe debe ser ingresado en la Tesorería General de la Seguridad Social por las correspondientes Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social, organismo o empresario responsable”