Información general del contrato indefinido para discapacitados procedentes de enclaves laborales
Requisitos de los trabajadores
Requisito | Detalle |
---|---|
Discapacidad reconocida |
|
Enclave laboral | Proceder de un enclave laboral y estar en situación de excedencia voluntaria en el Centro Especial de Empleo. |
Colectivos | Pertenecer a alguno de los siguientes colectivos:
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Antecedentes laborales | El trabajador no debe haber estado vinculado a la empresa, grupo de empresas o entidad en los veinticuatro meses anteriores a la contratación mediante un contrato por tiempo indefinido o en los últimos seis meses mediante un contrato de duración determinada o temporal o mediante un contrato formativo, de relevo o de sustitución por jubilación. |
Requisitos para las empresas
- Ser empresa colaboradora y reunir los requisitos establecidos en el R. D. 290/2004.
- Las empresas que hayan extinguido o extingan por despido reconocido o declarado improcedente o por despido colectivo contratos bonificados quedarán excluidas por un período de doce meses de las bonificaciones establecidas en este programa.
Incentivos por la contratación para discapacitados procedentes de enclaves laborales
La empresa colaboradora que contrate a un trabajador del enclave que pertenezca al colectivo del grupo a) o b) tendrá las siguientes ayudas:
- Subvención de 7.814 euros por cada contrato de trabajo celebrado a jornada completa. Si el contrato fuera a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente según la jornada de trabajo pactada.
- Subvención por adaptación de puesto de trabajo y eliminación de barreras de conformidad con lo establecido en el R. D. 1451/83, modificado por el R. D. 170/2004.
Si la empresa colaboradora contrata a un trabajador del enclave que pertenezca al colectivo del grupo c), tendrá derecho a las siguientes ayudas:
- Subvención de 3.907 euros por cada contrato de trabajo celebrado a jornada completa. Si el contrato fuera a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente según la jornada de trabajo pactada.
- Subvención por adaptación de puesto de trabajo y eliminación de barreras de conformidad con lo establecido en el R. D. 1451/83, modificado por el R. D. 170/2004.
Bonificación de las cuotas empresariales de la Seguridad Social:
- Si el contrato se celebra a tiempo completo, la empresa tendrá derecho a las siguientes bonificaciones:
Hombres | Mujeres | |
---|---|---|
Trabajadores discapacitados sin discapacidad severa: | ||
- menores de 45 años | 4.500 euros/año | 5.350 euros/año |
- mayores de 45 años | 5.700 euros/año | 5.700 euros/año |
Trabajadores discapacitados con discapacidad severa: | ||
- menos de 45 años | 5.100 euros/año | 5.950 euros/año |
- mayores de 45 años | 6.300 euros/año | 6.300 euros/año |
- Si la contratación se realiza a tiempo parcial, la cuantía de la bonificación corresponderá a lo establecido en el artículo 2.7 la Ley 43/2006, según redacción dada por el artículo 6.2 de la Ley 27/2009.
Obligaciones de las empresas
- Las empresas beneficiarias estarán obligadas a mantener la estabilidad de estos trabajadores por un tiempo mínimo de tres años y, en caso de despido procedente, deberán sustituirlos por otros trabajadores con discapacidad.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Otras características
En lo no previsto en el R. D. 290/2004, será de aplicación a las empresas colaboradoras y a estos contratos el régimen sobre requisitos y exclusiones, así como de obligaciones, incluida la de mantenimiento de la estabilidad en el empleo de los trabajadores, aplicable a las ayudas reguladas en el R. D. 1451/83, modificado por el R. D. 170/2004.
Claves de Contrato indefinido para discapacitados procedentes de enclaves laborales
Clave | Descripción |
---|---|
130 | Indefinido tiempo completo minusválido |
230 | Indefinido tiempo parcial minusválido |
330 | Indefinido Fijo/Discontinuo minusválido |
Trámite Sistema RED del contrato indefinido para discapacitados procedentes de enclaves laborales
Plazos de afiliación
Tipo | Plazo |
---|---|
Alta | Hasta 60 días naturales previos al inicio de la actividad a la fecha de efecto. |
Baja | El mismo día y hasta 3 días naturales posteriores a la fecha de efecto, pero el sistema te permite comunicarlo con hasta 60 días naturales previos al inicio de la actividad. |
Variaciones de contratos | El mismo día y hasta 3 días naturales desde la fecha de efecto |
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Paso 2: Opción «Cambio de contrato (Tipo/Coeficiente)»

Paso 3: Cumplimentamos datos del trabajar que queremos realizar el cambio de contrato
En la siguiente pantalla tendrás que indicar los datos del trabajador que quieras realizar el cambio de contrato.
Ignora la opción de «Marque si solo desea modificar el indicador de trabajadores empresa»

Paso 4: Aspectos generales
En la pantalla posterior, localiza y mecaniza los siguientes campos:
Fecha de Cambio: | Debe ser igual o mayor a la fecha de contrato y no puede ser superior a la fecha del sistema. |
Tipo de Contrato: | Mostrará el contrato actual. |
Coeficiente de Contrato: | Este campo estará vacío si se trata de un contrato a jornada completa. Si se trata de un contrato a jornada parcial, indicará el coeficiente. Para calcular nuevo coeficiente consulta Calculadora CTP |
Condición de Desempleado: | Mostrará el valor actual. Debería estar con valor 1. Dejar tal cual. |
A tener en cuenta:
Según el tipo de variación se realizará una acción u otra
Acciones posibles de variación de contrato
- Movimientos posibles:
- Variación de coeficiente a tiempo parcial
- Cambio de contrato
- Comunicación de inactividad
- Comunicación huelga
- Comunicación ERTE
- Comunicación absentismo
- Comunicación Alta sin retribución
- Inactividad Z no cotización/permanencia
Baja trabajador en el Sistema RED
Situación: | Según proceda. Consultar Claves de bajas de trabajadores Para miembros: Si tienes dudas a la hora de saber qué clave de baja indicar. Ponte en contacto por el chat habilitado |
Fecha Real Baja: | Día, mes y año que finalice la relación laboral. |
Fecha Fin Vacaciones: | Se deberá indicar la fecha fin de vacaciones a contar desde el día siguiente a la fecha de baja. Al mecanizar esta opción, se ha de indicar el campo SAA. |
Indicativo SAA: | Permite seleccionar la SAA que se creará de forma automática. Podrá tomar los valores:
|
Fecha Fin Contrato Temporal: | Solo debe introducirse cuando se trate de un trabajador que tiene un contrato temporal (4xx o 5xx) y además causa baja con la situación 68 o 73, que son situaciones de Excedencia por cuidado de hijos y familiares respectivamente. Si la situación es distinta de la 68 o 73, esa casilla se debe dejar en blanco. |
Días trabajados: | Se deja en blanco siempre, se calculan automáticamente por parte de TGSS. |