Contrato indefinido para discapacitados procedentes de enclaves laborales

Fecha última actualización: 31 de marzo 2023

En este artículo te contamos todo sobre el El contrato indefinido para discapacitados procedentes de enclaves laborales

Información general del contrato indefinido para discapacitados procedentes de enclaves laborales

Requisitos de los trabajadores

RequisitoDetalle
Discapacidad reconocida
  • Grado de discapacidad igual o superior al 33% reconocido por el Organismo Competente o,
  • Pensionistas de la Seguridad Social con pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez o,
  • Pensionistas de clases pasivas con pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente
Enclave laboralProceder de un enclave laboral y estar en situación de excedencia voluntaria en el Centro Especial de Empleo.
ColectivosPertenecer a alguno de los siguientes colectivos:
  • Personas con parálisis cerebral, las personas con enfermedad mental o las personas con discapacidad intelectual con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33%
  • Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65%
  • Mujeres con discapacidad no incluidas en los párrafos anteriores con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33%.
Antecedentes laboralesEl trabajador no debe haber estado vinculado a la empresa, grupo de empresas o entidad en los veinticuatro meses anteriores a la contratación mediante un contrato por tiempo indefinido o en los últimos seis meses mediante un contrato de duración determinada o temporal o mediante un contrato formativo, de relevo o de sustitución por jubilación.

Requisitos para las empresas

  • Ser empresa colaboradora y reunir los requisitos establecidos en el R. D. 290/2004.
  • Las empresas que hayan extinguido o extingan por despido reconocido o declarado improcedente o por despido colectivo contratos bonificados quedarán excluidas por un período de doce meses de las bonificaciones establecidas en este programa.

Incentivos por la contratación para discapacitados procedentes de enclaves laborales

La empresa colaboradora que contrate a un trabajador del enclave que pertenezca al colectivo del grupo a) o b) tendrá las siguientes ayudas:

  • Subvención de 7.814 euros por cada contrato de trabajo celebrado a jornada completa. Si el contrato fuera a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente según la jornada de trabajo pactada.
  • Subvención por adaptación de puesto de trabajo y eliminación de barreras de conformidad con lo establecido en el R. D. 1451/83, modificado por el R. D. 170/2004.

Si la empresa colaboradora contrata a un trabajador del enclave que pertenezca al colectivo del grupo c), tendrá derecho a las siguientes ayudas:

  • Subvención de 3.907 euros por cada contrato de trabajo celebrado a jornada completa. Si el contrato fuera a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente según la jornada de trabajo pactada.
  • Subvención por adaptación de puesto de trabajo y eliminación de barreras de conformidad con lo establecido en el R. D. 1451/83, modificado por el R. D. 170/2004.

Bonificación de las cuotas empresariales de la Seguridad Social:

  • Si el contrato se celebra a tiempo completo, la empresa tendrá derecho a las siguientes bonificaciones:
​Hombres​Mujeres
Trabajadores discapacitados sin discapacidad severa:
​- menores de 45 años​4.500 euros/año​5.350 euros/año
​- mayores de 45 años​5.700 euros/año​5.700 euros/año
​Trabajadores discapacitados con discapacidad severa:
​- menos de 45 años​5.100 euros/año​5.950 euros/año
​- mayores de 45 años​6.300 euros/año​6.300 euros/año
  • Si la contratación se realiza a tiempo parcial, la cuantía de la bonificación corresponderá a lo establecido en el artículo 2.7 la Ley 43/2006, según redacción dada por el artículo 6.2 de la Ley 27/2009.

Obligaciones de las empresas

  • Las empresas beneficiarias estarán obligadas a mantener la estabilidad de estos trabajadores por un tiempo mínimo de tres años y, en caso de despido procedente, deberán sustituirlos por otros trabajadores con discapacidad.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus​ obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

Otras características

En lo no previsto en el R. D. 290/2004, será de aplicación a las empresas colaboradoras y a estos contratos el régimen sobre requisitos y exclusiones, así como de obligaciones, incluida la de mantenimiento de la estabilidad en el empleo de los trabajadores, aplicable a las ayudas reguladas en el R. D. 1451/83, modificado por el R. D. 170/2004.

Claves de Contrato indefinido para discapacitados procedentes de enclaves laborales

ClaveDescripción
130Indefinido tiempo completo minusválido
230Indefinido tiempo parcial minusválido
330Indefinido Fijo/Discontinuo minusválido

Trámite Sistema RED del contrato indefinido para discapacitados procedentes de enclaves laborales

Plazos de afiliación

TipoPlazo
AltaHasta 60 días naturales previos al inicio de la actividad a la fecha de efecto.
BajaEl mismo día y hasta 3 días naturales posteriores a la fecha de efecto, pero el sistema te permite comunicarlo con hasta 60 días naturales previos al inicio de la actividad.
Variaciones de contratosEl mismo día y hasta 3 días naturales desde la fecha de efecto
Más informaciónTodos los plazos afiliación Sistema RED

Alta trabajador en el Sistema RED

Contenido exclusivo para miembros

Suscríbete hoy mismo para acceder a todo el contenido y recibir soporte ilimitado

Variación contrato en el Sistema RED

Paso 1: Dentro del menú del Sistema RED, accedemos a:

  • Inscripción y afiliación Online Real, si tienes método de transmisión Sistema de liquidación Directa
  • Red Directo Inscripción y Afiliación Real, si tienes método de transmisión RED Directo
image 16

Paso 2: Opción «Cambio de contrato (Tipo/Coeficiente)»

image 20

Paso 3: Cumplimentamos datos del trabajar que queremos realizar el cambio de contrato

En la siguiente pantalla tendrás que indicar los datos del trabajador que quieras realizar el cambio de contrato.

Ignora la opción de «Marque si solo desea modificar el indicador de trabajadores empresa»

image 21

Paso 4: Aspectos generales

En la pantalla posterior, localiza y mecaniza los siguientes campos:

Fecha de Cambio:Debe ser igual o mayor a la fecha de contrato y no puede ser superior a la fecha del sistema.
Tipo de Contrato:Mostrará el contrato actual.
Coeficiente de Contrato:Este campo estará vacío si se trata de un contrato a jornada completa. Si se trata de un contrato a jornada parcial, indicará el coeficiente. Para calcular nuevo coeficiente consulta Calculadora CTP
Condición de Desempleado:Mostrará el valor actual. Debería estar con valor 1. Dejar tal cual.

A tener en cuenta:

Según el tipo de variación se realizará una acción u otra

Acciones posibles de variación de contrato

  • Movimientos posibles:
    • Variación de coeficiente a tiempo parcial
    • Cambio de contrato
    • Comunicación de inactividad
      • Comunicación huelga
      • Comunicación ERTE
      • Comunicación absentismo
      • Comunicación Alta sin retribución
      • Inactividad Z no cotización/permanencia

Baja trabajador en el Sistema RED

Situación:

Según proceda. Consultar Claves de bajas de trabajadores

Para miembros: Si tienes dudas a la hora de saber qué clave de baja indicar. Ponte en contacto por el chat habilitado

Fecha Real Baja:Día, mes y año que finalice la relación laboral.
Fecha Fin Vacaciones:Se deberá indicar la fecha fin de vacaciones a contar desde el día siguiente a la fecha de baja. Al mecanizar esta opción, se ha de indicar el campo SAA.
Indicativo SAA:Permite seleccionar la SAA que se creará de forma automática. Podrá tomar los valores:
  • 001 para vacaciones retribuidas, no disfrutadas y no cotizadas durante el periodo de alta.
  • 015 para las vacaciones retribuidas, no disfrutadas pero cotizadas a lo largo de la relación laboral.
Fecha Fin Contrato Temporal:

Solo debe introducirse cuando se trate de un trabajador que tiene un contrato temporal (4xx o 5xx) y además causa baja con la situación 68 o 73, que son situaciones de Excedencia por cuidado de hijos y familiares respectivamente.

Si la situación es distinta de la 68 o 73, esa casilla se debe dejar en blanco.

Días trabajados:Se deja en blanco siempre, se calculan automáticamente por parte de TGSS.
[enlazatom_show_links]
Únete a nuestra comunidad y recibe contenido exclusivo en tu correo.